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access_time1 abril, 2020
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Noticias
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DIRECTIVA 02 DE 2020 |
Medidas para atender la contingencia generada por el COVID-19 a partir del uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones. | Imparte instrucciones con respecto al trabajo en casa con el uso de las TICs |
DECRETO 417 DEL 17 DE MARZO |
Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el Territorio Nacional. | Se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por un término de treinta (30) días calendario |
DECRETO 459 DEL 22 DE MARZO |
Por el cual se designa ministro de Relaciones Exterióres ad hoc | Se designa a Carlos Holmes Trujillo como Ministro de relaciones exteriores ad hoc |
DECRETO 485 DEL 27 DE MARZO |
Por el cual se designa ministro de Relaciones Exteriores ad hoc | Se designa a Carlos Holmes Trujillo como Ministro de relaciones esteriores ad hoc apra firmar el proyecto legislativo de incentivos económicos al campesinado colombiano |
DECRETO 547 DEL 14 DE ABRIL |
Por el cual se designa ministro de Cultura ad hoc | Se nombra como ministro de Cultura ad hoc al ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Jonathan Tybalt Malagón González, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo «»por el cual se adoptan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica |
DECRETO 548 DEL 14 DE ABRIL |
Por el cual se designa un ministro de Relaciones Exteriores ad hoc | Se designa como ministro de Relaciones Exteriores ad hoc al ministro de Defensa Nacional, doctor Carlos Holmes Trujillo García, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo «»Por el cual se adoptan medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020. |
DECRETO 549 DEL 14 DE ABRIL |
Por el cual se designa un ministro de Relaciones Exteriores ad hoc | Se designa como ministro de Relaciones Exteriores ad hoc al ministro de Defensa Nacional, doctor Carlos Holmes Trujillo García, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo «Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica». |
DECRETO 550 DEL 14 DE ABRIL |
Por el cual se designa una ministra de Minas y Energía ad hoc | Se designa como ministra de Minas y Energía ad hoc a la ministra de Transporte, Angela María Orozco Gómez, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo «Por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020». |
DECRETO 556 DEL 15 DE ABRIL |
por el cual se designa un Ministro de Relaciones Exteriores ad hoc | Designar como ministro de Relaciones Exteriores ad hoc al ministro de Defensa Nacional, doctor Carlos Holmes Trujillo García, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo «por el cual se adoptan medidas transitorias, en materia de turismo y registros sanitarios para las micro y pequeñas empresas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica». |
DECRETO 619 DEL 01 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se designa unos miembros de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias -COVID19 | Se designan los miembros de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias COVID-19 |
DECRETO 634 DEL 05 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se acepta la renuncia de uno de los miembros de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias -COVID19 | Se acepta la la renuncia del doctor José Andrés O’meara Riveira identificado con cédula de ciudadanía No. 79.959.686, como miembro de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID19. |
DECRETO 637 DEL 06 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional | Declárese el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de este decreto. |
DECRETO 645 DEL 11 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se designa un miembro de la junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias COVID19 | Designa como miembro de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID19, a la doctora María Andrea Godoy Casadiego. |
DECRETO 787 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se designa un miembro de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias COVID19 | Designa como miembro de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID19, a Alejandra Carolina Botero Barco. |
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
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Normatividad | Título | Resumen |
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RESOLUCIÓN 305 DEL 17 DE MARZO DE 2020 |
Por la cual se suspenden términos de las actuaciones administrativas que adelanta la Superintendencia Financiera de Colombia | Suspende los términos de todas las actuaciones a partir del día 17 de marzo de 2020 hasta el 8 de abril de 2020 |
RESOLUCIÓN 368 DEL 01 DE ABRIL DE 2020 |
Por medio de la cual se adoptan medidas especiales para la atención del público y la prestación de los servicios por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia durante la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social | Se informa que los actos administrativos que expidan los funcionarios competentes de esta Superintendencia serán notificados y/o comunicados por medio electrónico, a través del e-mail correspondencia@superfinanciera.gov.co. Se ordena la reanudación de términos en todas las actuaciones administrativas que adelanta la Superintendencia Financiera de Colombia, a partir del 2 de abril de 2020. Se reanudarán los términos procesales en los procesos jurisdiccionales de competencia de la Superintendencia Financiera de Colombia a partir del 13 de abril de 2020, inclusive, haciendo énfasis en el adelantamiento de los mismos a través de herramientas virtuales. |
CIRCULAR EXTERNA 006 |
Imparte instrucciones relacionadas con la autorización de adquisición y/o enajenación de acciones inscritas en bolsas en el mercado mostrador. | Con el fin de garantizar el derecho que les asiste a los inversionistas del mercado de valores a adelantar transacciones de enajenación de los valores de su propiedad autoriza a las Sociedades Comisionistas para la adquisición y/o enajenación de contado de acciones inscritas en bolsas de valores a través del mercado mostrador. |
CIRCULAR EXTERNA 007 |
Imparte instrucciones prudenciales para mitigar los efectos derivados de la coyuntura de los mercados financieros y la situación de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional. | Señala que los establecimientos de crédito deben establecer políticas y procedimientos que permitan ajustar las condiciones de los créditos y así preservar la estabilidad del sistema financiero. |
CIRCULAR EXTERNA 008 |
Imparte instrucciones relacionadas con el fortalecimiento de la gestión del riesgo operacional ante los eventos derivados de la coyuntura de los mercados financieros y la situación de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional | Señala algunas medidas que las entidades vigiladas deben tener en cuenta para gestionar el riesgo operacional en atención a la coyuntura actual |
CIRCULAR EXTERNA 009 |
Imparte instrucciones para focalizar los esfuerzos de las entidades vigiladas en la definición e implementación de acciones para mitigar los efectos de la coyuntura de los mercados financieros y la situación de emergencia sanitaria. | |
CIRCULAR EXTERNA 010 |
Especifica la nueva vigencia para la presentación de los planes de resolución. | Modifica los plazos contemplados en la Circular Externa 009 |
CIRCULAR EXTERNA 011 |
Imparte instrucciones relacionadas con las medidas complementarias para fortalecer la gestión de los riesgos de liquidez y operacional en el mercado de valores | Se imparte medidas complementarias para fortalecer la gestión de los riesgos de liquidez y operacional en el mercado de valores. |
CIRCULAR EXTERNA 013 |
Imparte instrucciones relacionadas con las solicitud y pago de las cesantías por retiro parcial para el alivio de los trabajadores durante la Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Con el fin de garantizar el derecho de todos los trabajadores a acceder al retiro parcial de cesantías del que trata el artículo 3 del Decreto 488 de 2020, las AFPC pueden establecer mecanismos excepcionales para los casos en los cuales el trabajador no cuente con Internet para adelantar la solicitud a través de los canales digitales y/o remotos previstos por las AFPC, o no se encuentre bancarizado. |
CIRCULAR EXTERNA 014 |
Imparte instrucciones relacionadas con los elementos mínimos de modificaciones a las condiciones de los créditos e información básica para una decisión informada de los consumidores financieros. | Se señala los elementos mínimos de modificaciones a las condiciones de los créditos e información básica para una decisión informada de los consumidores financieros. |
CIRCULAR EXTERNA 015 |
Imparte instrucciones relacionadas con el tratamiento de los recursos de subsidios girados por el Estado a través de los Establecimientos de Crédito o las Sociedades Especializadas de Depósitos Electrónicos (SEDPES) en el marco del Programa Ingreso Solidario. | Se recuerda a las entidades vigiladas que es una práctica ilegal cobrar a los beneficiarios del Programa Ingreso Solidario cualquier comisión o tarifa por el retiro o disposición de las transferencias allí previstas, así mismo, se considera práctica abusiva el débito de valores por parte de la entidad vigilada que dispersa el pago, originado por cualquier concepto, que disminuya el monto del giro de la transferencia monetaria realizada por el Gobierno Nacional a los beneficiarios del Programa Ingreso Solidario. |
CIRCULAR EXTERNA 016 |
Instrucciones relativas a la medición del riesgo de mercado. | Dentro del proceso de convergencia hacia estándares internacionales y mejores prácticas en gestión de riesgos propios de las entidades vigiladas, modifica los Anexos 1 y 2 del Capítulo XXI de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF), con el fin de incluir instrucciones relacionadas con el tratamiento de las inversiones estructurales en el módulo de tasa de cambio de los modelos de medición del riesgo de mercado. |
COMUNICADO DE PRENSA DEL 17 DE MARZO DE 2020 |
Superfinanciera emite medidas para deudores afectados económicamente por el COVID-19 y para garantizar la prestación del servicio financiero | Las personas naturales y jurídicas que pertenezcan a los segmentos y sectores económicos afectados por la situación del COVID-19 podrán acordar con sus entidades financieras nuevas condiciones para sus créditos como por ejemplo periodos de gracia, aumento de plazos, entre otros aspectos. Los cambios en las condiciones iniciales de los créditos no tendrán efecto en la calificación del deudor, ni en la información sobre su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo. |
CIRCULAR EXTERNA 017 |
Imparte instrucciones para aumentar la disponibilidad en la prestación de servicios financieros. | Con el propósito de aumentar la disponibilidad en la prestación de servicios financieros y reducir el tiempo de permanencia de consumidores y usuarios para la realización de transacciones en oficinas y sucursales, las entidades deben adelantar acciones como aumentar el número de oficinas para prestar los servicios a los consumidores financieros, manteniendo un porcentaje de oficinas abiertas mínimo del 85%, disponer en las oficinas de mecanismos de atención preferente para los adultos mayores de 60 años y para las personas con capacidades especiales, entre otras. |
CIRCULAR EXTERNA 019 |
Imparte instrucciones relacionadas con la inversión obligatoria en Títulos de Solidaridad – TDS, de acuerdo con los establecido en el Decreto 685 de 2020. | El monto de la inversión obligatoria en Títulos de Solidaridad al que se refiere el literal a) del artículo 3 del Decreto 685 de 2020, correspondiente al tres por ciento (3%) del total de los depósitos a la vista sujetos a encaje de los sujetos obligados, deducido previamente el encaje, con base en los estados financieros reportados con corte a 31 de marzo de 2020, se calculará así: Inversión obligatoria = 3% * (‘depósitos a la vista sujetos a encaje’ – ‘encaje requerido depósitos a la vista sujetos a encaje’) |
CARTA CIRCULAR 33 |
Informa aspectos relacionados con la valoración inversiones en bienes inmuebles para los Fondos de Inversión Colectiva y Fondos de Capital Privado. | La Superintendencia considera pertinente otorgar un plazo de hasta cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la fecha en que el Gobierno Nacional ordene el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio o fije condiciones para el ejercicio pleno o parcial de la actividad de los avaluadores en el sector inmobiliario, para que las sociedades administradoras de Fondos de Inversión Colectiva Inmobiliarios y Fondos de Capital Privado con inversiones en bienes inmuebles den cumplimiento a su obligación de valorar y actualizar el valor comercial de aquellos bienes inmuebles que conforman los respectivos portafolios de inversión , cuyo último avalúo hubiese sido contabilizado durante los meses de marzo, abril a junio de 2019. |
CIRCULAR EXTERNA 021 |
Imparte instrucciones relacionadas con las primas de pólizas de seguro, como consecuencia de los cambios en la dinámica de los riesgos asegurados. | Las Entidades Aseguradoras deben establecer políticas y metodologías internas con el fin de: (i) identificar los productos respecto de los cuales exista una disminución del riesgo asegurado como consecuencia de las medidas de aislamiento preventivo, exceptuando aquéllos a los que se refiere el artículo 1060 del Código de Comercio y el SOAT; (ii) cuantificar la disminución del riesgo y la reducción correspondiente de la prima, con el fin de efectuar su reintegro mediante la devolución de sumas de dinero, la extensión en la cobertura del seguro o cualquier otro mecanismo definido por la entidad y aceptado de forma expresa o tácita por el tomador y (iii) definir procedimientos idóneos para aplicar tales mecanismos. |
CARTA CIRCULAR 39 |
Informa aspectos relacionados con el registro de operaciones sobre valores realizadas en el mercado mostrador (OTC). | Imparte instrucciones sobre el reporte de la información relativa a las operaciones sobre valores realizadas en el mercado mostrador (OTC). |
CIRCULAR EXTERNA 022 |
Imparte instrucciones para la definición del Programa de Acompañamiento a Deudores, e incorporación de medidas prudenciales complementarias en materia de riesgo de crédito | Establece que los establecimientos de crédito deben adoptar un programa que permita establecer soluciones estructurales de pago mediante la redefinición de las condiciones de los créditos de aquellos deudores que tengan una afectación de sus ingresos o su capacidad de pago como consecuencia de la situación originada por el Covid-19, en condiciones de viabilidad financiera para el deudor. |
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MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 913 DE 2020 |
Por la cual se suspenden términos en la oficina de Control Interno Disciplinario Interno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público | Suspende los términos procesales de los expedientes disciplinarios (Ley 734 de 2002), por el período comprendido entre el diecisiete (17) de marzo de dos mil veinte 2020 al treinta y uno (31) de marzo de dos mil veinte, adelantados tanto en primera instancia por la Oficina de Control Disciplinario Interno, como por la segunda instancia, en cabeza del Ministro de Hacienda y Crédito Público. |
DECRETO 401 DEL 13 DE MARZO |
Por el cual se modifican sustituyen y adicionan artículos del Decreto 1625 con relación a declaraciones tributarias. | Modificación de los arts. 1.6.1.13.2.1. y 1.6.1.13.2.5. de la Sección 2 Cap. 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del D. 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. |
DECRETO 400 DEL 13 DE MARZO |
Por medio del cual se modifica el Decreto 1068 de 2015. Decreto único reglamentario del sector hacienda y crédito público en lo relacionado con el manejo de los excedentes de liquidez. | Se modificaron las reglas con respecto al manejo de los excedentes de liquidez de las Entidades Estatales. |
DECRETO 419 DEL 18 DE MARZO |
Por el cual se reglamenta el artículo 21 de la ley 2010 de 2019 y se adiciona el capítulo 19 al título 1 de la parte 3 del libro 1 del decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributario. | Establece el pago de una compensación del IVA dirigido a la población más vulnerable |
DECRETO 435 DEL 19 DE MARZO |
Por el cual se modifican y adicionan artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria | Modificación de las fechas de presentación de la declaración del impuesto de renta |
DECRETO 436 DEL 19 DE MARZO |
Por el cual se adoptan medidas aduaneras transitorias en relación con los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores y se dictan otras disposiciones | La vigencia del reconocimiento e inscripción de los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores se prorroga hasta el treinta y uno (31) de mayo de 2020. |
DECRETO 437 DEL 19 DE MARZO |
Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 103 de la Ley 2008 de 2019, para el reconocimiento y pago como deuda pública de los saldos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas de que trata el artículo 297 de la Ley 1955 de 2019 | Establece los requisitos, los plazos y las condiciones para el reconocimiento como deuda pública de los saldos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas combustible |
DECRETO 468 DEL 23 DE MARZO |
Por el cual se autorizan nuevas operaciones a la Financiera de Desarrollo Territorial S,A -Findeter y el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. -Bancoldex, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020 | Se autoriza a estas dos Entidades para otorgar créditos directos con tasa compensada dirigidos a financiar proyectos y actividades en los sectores designados para mitigar la crisis |
DECRETO 466 DEL 23 DE MARZO |
Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Fondo Nacional de Garantias S.A | Se modifican aspectos como el patrimonio técnico, la relación de solvencia y la clasificación y ponderación de activos y contingencias |
DECRETO 458 DEL 22 DE MARZO |
Por el cual se adoptan medidas para los hogares en condición de pobreza en todo el territorio nacional, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se autoriza al Gobierno Nacional a entregar una transferencia monetaria extraordinaria a favor de los programas de Familias en Acción, Colombia Mayor y Jóvenes en Acción |
DECRETO 444 DEL 21 DEL MARZO |
Por el cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME y se dictan disposiciones en materia de recursos, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se crea el Fondo de Mitigación Emergencias -FOME, como un fondo cuenta sin personería jurídica del Ministerio Hacienda y Crédito Público |
DECRETO 461 DEL 22 DE MARZO |
Por medio del cual se autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para la reorientación de rentas y la reducción de tarifas de impuestos territoriales, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020 | Se faculta a los gobernadores y alcaldes para llevar a cabo las acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica |
DECRETO 493 DEL 29 DE MARZO |
Por el cual se adicionan los Decretos 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, y 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con la adopción de disposiciones transitorias en materia de causales de terminación anticipada de la cobertura de tasa de interés otorgada a deudores de crédito de vivienda y locatarios en operaciones de leasing habitacional | Se adoptan disposiciones transitorias en materia de causales de terminación anticipada de la cobertura de tasa de interés otorgada a deudores de crédito de vivienda y locatarios en operaciones de leasing habitacional. |
DECRETO 512 DEL 02 DE ABRIL |
Por el cual se autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para realizar movimientos presupuestales, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se faculta a los gobernadores y alcaldes para realizar adiciones, modificaciones, traslados y demás operaciones presupuestates a que haya lugar, únicamente para efectos de atender la ejecución de recursos que, en el marco de sus competencias, sean necesarios para atender la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 del 17de marzo de 2020. |
DECRETO 513 DEL 02 DE ABRIL |
Por el cual se establecen medidas relacionadas con el ciclo de los proyectos de inversión pública susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías, en el marco del Estado de Emergencia Económica, social y Ecológica. | Se regula el trámite de presentación, verificación, viabilidad y aprobación de proyectos de inversión que guarden relación directa y específica con las causas que motivaron la declaratoriadel Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020. |
DECRETO 518 DEL 04 DE ABRIL |
Por el cual se crea el Programa Ingreso Solidario para atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se crea el Programa Ingreso Solidario, mediante el cual se entregarán transferencias monetarias no condicionadas con cargo al FOME en favor de las personal y hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad. |
DECRETO 519 DEL 05 DE ABRIL |
Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se adiciona al presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 QUINCE BILLONES CIEN MIL MILLONES DE PESOS , al presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, QUINCE BILLONES CIEN MIL MILLONES DE PESOS , al presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 QUINCE BILLONES CIEN MIL MILLONES DE PESOS y al presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, QUINCE BILLONES CIEN MIL MILLONES DE PESOS. |
DECRETO 522 DEL 06 DE ABRIL | Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Adiciona al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 TRES BILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS, al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, TRES BILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS, al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 en la suma de TRES BILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS,al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, TRES BILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS |
DECRETO 530 DEL 08 DE ABRIL |
Por cual se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con gravamen a los movimientos financieros a cargo de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial y el impuesto sobre las ventas en las donaciones de ciertos bienes corporales muebles, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Establece la excención del GMF a los retiros que realicen las entidades sin ánimo de lucro pertenecienetes al Régimen Tributario Especial de las cuentas constituidas en entidades vigiladas por la SFC. |
DECRETO 535 DEL 10 DE ABRIL |
Por el cual se adoptan medidas para establecer un procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | «Hasta tanto vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada Coronavirus COVID-1 a los contribuyentes y responsables del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IV A que no sean calificados riesgo alto en materia tributaria se les autorizará la devolución y/o compensación los respectivos saldos a favor mediante procedimiento abreviado dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud devolución y/o compensación oportunamente y en debida forma. « |
DECRETO 551 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, estarán exentos del impuesto sobre las ventas -IVA, en la importación y en las ventas en el territorio nacional sin derecho a devolución y/o compensación una serie de bienes escenciales para la prevención de la pandemia. |
DECRETO 559 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para crear una Subcuenta para la Mitigación de Emergencias -Covid19-en el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establecen las reglas para su administración, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | «El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres administrará una subcuenta temporal para la contención y mitigación de la emergencia declarada por el Decreto 417 del17 de marzo de 2020, la cual tendrá por objeto financiar la provisión de bienes, servicios y obras requeridas para contener, mitigar y evitar la extensión de los efectos adversos derivados de la pandemia COVID- 19 en la población en condición de vulnerabilidad residente en el territorio colombiano y en el sistema de salud. « |
DECRETO 562 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para crear una inversión obligatoria temporal en títulos de deuda pública, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se crea una inversión obligatoria temporal en Títulos de Deuda Pública interna denominados Títulos de Solidaridad, cuyos recursos serán destinados a conjurar las consecuencias económicas y sociales de los hechos que dieron lugar a la declaratoria del Estado de Emergencia. |
DECRETO 639 DEL 08 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se crea el Programa de apoyo al empleo formal -PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020 | Crea el Programa de apoyo al empleo formal- PAEF, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME, como un programa social del Estado que otorgará al beneficiario del mismo un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, y hasta por tres veces, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19. |
DECRETO 655 DEL 13 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adiciona el parágrafo 5 al artículo 1.6.1.13.2.12. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria | Se modifica el plazo para el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementarios de las demás personas jurídicasque sean empresas catalogadas por ingresos como micro, pequeñas y medianas empresas. |
DECRETO 659 DEL 13 DE MAYO DE 2020 |
Por,el cual se entrega una transferencia monetaria no condicionada, adicional y extraordinaria en favor de los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor – Colombia Mayor y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Durante el término que dure el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, autorizar al Gobierno nacional para que por medio del Ministerio del Trabajo y del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, realice la entrega de una (1) transferencia monetaria no condicionada, adicional y extraordinaria en favor de los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor – Colombia Mayor y Jóvenes en Acción. |
DECRETO 677 DEL 19 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se modifica el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo de 2020 y se disponen medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal-PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020 | Se modifica el listado de beneficiarios del PAEF, icluyendo las personas jurídicas, natutales, consorcios y uniones temporales que hayan sido constituidas antes del 1 de enero de 2020, cuenten con inscripción en le Registro Mercantil, demuestren la necesidad del aporte estartal certificando una disminución del 20% o más de sus ingresos. |
DECRETO 682 DEL 21 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se establece la exención especial del impuesto sobre las ventas para el año 2020 y se dictan otras disposiciones con el propósito de promover la reactivación de la economía colombiana, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Decreto 637 de 2020. | Se establece la exención del impuesto sobre las ventas -IVA para determinados bienes corporales muebles que sean enajenados dentro del territorio nacional en los días 19 de junio, 3 y 2 de julio de 2020 |
DECRETO 685 DEL 22 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se ordena la emisión de Títulos de Solidaridad -TDS, y se dictan otras disposiciones. | Se ordena la la emisión, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de títulos de deuda pública interna denominados Títulos de Solidaridad – TDS, hasta por la suma de NUEVE BILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($9.811.300.000.000) moneda legal colombiana, cuyos recursos, en virtud del Decreto Legislativo 562 de 2020, serán incorporados presupuestalmente como una fuente de recursos adicional del Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME, creado por el Decreto Legislativo 444 de 2020. |
DECRETO 688 DEL 22 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 637 de 2020 | Para las obligaciones tributarias y las relacionadas con el Sistema General de la Proteccíón Social, que son objeto de verificación por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), que se paguen hasta el treinta (30) de noviembre de 2020, y para las facilidades o acuerdos de pago que se suscriban desde la vigencia de este Decreto Legislativo, y hasta el treinta (30) de noviembre de 2020, la tasa de interés de mora establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia. |
DECRETO 773 DEL 03 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica la fecha de presentación del marco fiscal de mediano plazo para la vigencia fiscal 2020, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Para la vigencia fiscal 2020, el Gobierno nacional, presentará el Marco Fiscal de Mediano Plazo a las Comisiones Económicas del Senado y de la Cámara de Representantes, antes del 30 de junio de 2020. |
DECRETO 774 DEL 03 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Adiciona el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, en la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($287,000.000.000). Adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 en la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($287,000.000.000), |
DECRETO 789 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Excluye a varios sectores económicos del impuesto al valor agregado de forma transitoria con el fin de facilitar la reactivación económica de los mismos. |
DECRETO 807 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas tributarias y de control cambiario transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Se modifican de manera transitoria los términos para las solicitudes de devolución y/o compensación, así como las exclusiones de las que trata el artículo 855 del Estatuto Tributario. |
DECRETO 808 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas en el sector juegos de suerte y azar, con el fin de incrementar los recursos para la salud e impedir la extensión de los efectos de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19, en el Marco da la emergencia Económica, Social y ecológica declarada por medio del Decreto 637 del 6 de mayo del 2020 | Las entidades operadoras del juego de suerte y azar de lotería tradicional o de billetes y los operadores concesionarios de apuestas permanentes podrán ofrecer al público incentivos con cobro de premio inmediato en dinero y/o especie, los cuales podrán ser comercializados de forma independiente del juego de lotería tradicional o de billetes o de apuestas permanentes. |
DECRETO 809 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se autoriza al Fondo de Sosteníbilidad Financiera del Sector Eléctrico (FONSE) a realizar operaciones de crédito público para garantizar los procesos de toma de posesión a cargo del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios afectados por la emergencia sanitaria | Hasta el 31 de diciembre del año 2020, el Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico (FONSE) creado por el artículo 146 de la Ley 2010 de 2019 podrá otorgar créditos directos al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para destinarlos a solventar las necesidades de recursos asociadas a la implementación de esquemas de solución de largo plazo derivados de los procesos de toma de posesión de las empresas de servicios públicos domiciliarios que se encuentren en curso, los cuales se hayan visto afectados por la situación de emergencia sanitaria. |
DECRETO 810 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se crea el patrimonio autónomo para el emprendimiento, la formalización y el fortalecimiento empresarial de las mujeres, con el fin de mitigar los efectos de la Emergencia Social, Económica y Ecológica. | Crea un patrimonio autónomo que servirá de vehículo para promover, financiar y apoyar el emprendimiento, la formalización y el fortalecimiento empresarial de las mujeres en Colombia, el cuál será administrado por la -sociedad fiduciaria de naturaleza pública que designe el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. |
DECRETO 811 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se establecen medidas relacionadas con la inversión y la enajenación de la participación accionaría del Estado, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Establece el régimen especial aplicable a la inversión y la enajenación de los instrumentos de capital en empresas que adquiera o reciba la Nación- Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el fin de mitigar los efectos económicos adversos que dieron lugar a la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada a través del Decreto 637 de 2020, incluyendo los instrumentos que adquiera o reciba en virtud de la autorización conferida en el artículo 15 del Decreto 444 de 2020. |
DECRETO 812 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se crea el Registro Social de Hogares y la Plataforma de Transferencias Monetarias y se dictan otras disposiciones para atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad económica en todo el territorio nacional dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica |
El Departamento Nacional de Planeación creará, administrará e implementará el Registro Social de Hogares, con el fin de validar y actualizar la información socioeconómica de las personas y hogares, a través del uso de registros administrativos y de caracterización de la población, para identificar los criterios de focalización, elegibilidad y permanencia de los beneficiarios de los programas sociales y subsidios del Gobierno nacional y de las entidades territoriales, así como para la asignación de subsidios. |
DECRETO 813 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 en la suma de $23.855.000.000.000, se reduce el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 en la suma de $23.731.000.000.000, se adiciona el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, en la suma de C$124.000.000.000, entre otras disposiciones. |
DECRETO 814 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se ordena la entrega de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales yextraordinarias en favor de los beneficiarios de los programas Protección Social al Adulto Mayor -Colombia Mayor, Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020. | Durante el término de duración de los efectos de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, autorizar al Gobierno nacional para que por medio del Ministerio del Trabajo y del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, realicen en favor de los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor – Colombia Mayor y Jóvenes en Acción entregas de transferencias monetarias no condicionadas, adicionales y extraordinarias, siempre y cuando cuenten previamente con la respectiva disponibilidad presupuestal. |
DECRETO 815 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica el Decreto Legislativo 639 de 2020 y se disponen medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Crea el Programa de Apoyo al Empleo Formal- PAEF, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME, como un programa social del Estado que otorgará al beneficiario del mismo un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, y hasta por cuatro veces dentro de la temporalidad del Programa, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19 |
DECRETO 816 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se establecen normas relaCionadas con la administración del Fondo Nacional de Garantías S.A. – FNG, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Se establecen reglas con respecto al funcionamiento del Fondo Nacional de Garantías S.A. – FNG, como por ejemplo la creación del Comité de Garantías para enfentar el COVID-19, operaciones autorizadas al Fondo, entre otras disposiciones. |
DECRETO 817 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se establecen las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del6 de mayo de 2020 | Permite que las SAS emitan valores representativos de deuda los cuales se deben negociar en el segundo mercado, podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores -RNVE- y negociarse en una bolsa de valores. |
DECRETO 844 DEL 13 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se establecen algunas disposiciones para el análisis de las operaciones de financiamiento previstas en los numerales 4 y 5 del artículo 4, del artículo 5, y del artículo 15 del Decreto Legislativo 444 de 2020 | Para el análisis de las potenciales operaciones previstas en los numerales 4 y 5 del artículo 4, el artículo 5 y el artículo 15 del Decreto 444 de 2020, esto es, la provisión directa de financiamiento a empresas privadas, públicas o mixtas que desarrollen actividades de interés nacional, así como invertir en instrumentos de capital o deuda emitidos por dichas empresas, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá contratar los servicios de asesores expertos en temas legales, financieros y de otra índole, que sean necesarios para la determinación de las condiciones en las cuáles se realizarían dichas operaciones. |
DECRETO 844 DEL 13 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se liquidan los recursos adicionados mediante el Decreto Legislativo 519 de 2020 al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 | Se liquidan las adiciones al presupuesto con ocasión al Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME del Ministerio de Hacienda y Crédito Público como consecuencia de la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 3, 4 y5 del Decreto Legislativo 519 de 2020 |
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AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
CARTA CIRCULAR 100 |
AMV flexibiliza reglas de operación del mercado y hace recomendaciones frente a la contingencia por el COVID-19 | Imparte algunas instrucciones para que sus miembros revisen sus planes de contingencia para validar que contemplan escenarios de salud pública. |
CARTA CIRCULAR 101 |
AMV extiende vigencia de certificaciones para enfrentar efectos del Covid-19 | Imparte algunas instrucciones relacionadas con la función de certificación |
CARTA CIRCULAR 102 |
Suspensión de términos actuaciones disciplinarias ante AMV | Se informa la suspensión de términos de las actuaciones disciplinarias ante AMV. |
CARTA CIRCULAR 103 |
Suspensión de términos actuaciones disciplinarias ante AMV | Se mantiene la suspensión de los términos procesales de todas las actuaciones disciplinarias que cursan en etapa de investigación ante la Corporación y en etapa de decisión en el Tribunal Disciplinario hasta el 30 de abril de 2020 inclusive. |
CARTA CIRCULAR 104 |
Actualización: Suspensión de términos actuaciones disciplinarias ante AMV | Se mantiene la suspensión de los términos procesales de todas las actuaciones disciplinarias que cursan en etapa de investigación ante la Corporación y en etapa de decisión en el Tribunal Disciplinario, hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive. |
CARTA CIRCULAR 105 |
AMV anuncia reanudación de términos en sus procesos disciplinarios | Reanuda los términos procesales de todas las actuaciones disciplinarias que cursan en etapa de investigación ante la Corporación y en etapa de decisión en el Tribunal Disciplinario, a partir del lunes 11 de mayo de 2020. |
CARTA CIRCULAR 106 |
AMV anuncia reinicio de exámenes presenciales y otras medidas sobre la certificación de profesionales | Se retomará el servicio de presentación de exámenes de certificación de manera presencial desde el 19 de mayo de 2020. |
CARTA CIRCULAR 107 |
AMV extiende vigencias de certificación próximas a vencerse | Se suspenden los términos de la vigencia de las certificaciones de los profesionales por un término que depende de la fecha de su vencimiento original . Estas medidas reemplazan la suspensión de términos que se había determinado a través de las Cartas Circulares 101 y 106. |
BOLETÍN NORMATIVO N° 25 |
Modificación al Reglamento de AMV | Modificación del artículo 46.3 del Reglamento de AMV donde se permite el uso de dispositivos de comunicación en las mesas de negociación de acuerdo con lo dispuesto por el Gobierno Nacional y la Superintendencia Financiera de Colombia. |
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BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
INSTRUCTIVO OPERATIVO 002. |
Recomendaciones para operar bajo la modalidad de trabajo remoto. | Imparte algunas recomendaciones relacionadas con el trabajo remoto en el marco de la Carta Circular 100 de AMV. |
BOLETIN 110 DEL 13 DE ABRIL |
Aplazamiento – Prueba de Resiliencia Sistema X-Stream INET Renta Variable y Derivados. | Dada la coyuntura de nuestro país, la prueba de resiliencia del motor de calce X-Stream INET, programada inicialmente para el sábado 18 de abril del presente año, ha sido aplazada para ejecutarse en el mes de mayo. La fecha definitiva se informará próximamente. |
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BANCO DE LA REPÚBLICA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
CIRCULAR EXTERNA OPERATIVA Y DE SERVICIOS DTE – 164 |
CONSIGNACIONES SUJETAS A VERIFICACIÓN Y OPERACIONES DE CAMBIO DE EFECTIVO. | Se suspende temporalmente el recibo de consignaciones de billete en el estado “Apto por clasificar” para las denominaciones de 2.000 y 5.000 en antigua y nueva familia. |
COMUNICADO DE PRENSA DEL 14 DE ABRIL |
Banco de la República inyecta liquidez permanente a la economía mediante la reducción del encaje y refuerza su intervención en el mercado de deuda pública. | En sesión extraordinaria, la Junta Directiva del Banco de la República decidió inyectar liquidez permanente a la economía mediante la reducción del encaje de la siguiente forma: i) Disminución de tres puntos porcentuales del requisito de encaje sobre las exigibilidades cuyo porcentaje de encaje requerido actual sea de 11% (cuentas corrientes, cuentas de ahorro etc). Es decir, el requisito de encaje para estas exigibilidades pasa de 11% a 8%, ii) Disminución de un punto porcentual del requisito de encaje sobre las exigibilidades cuyo porcentaje de encaje requerido actual sea de 4,5% (CDT de menos de 18 meses). Es decir, el requisito de encaje para estas exigibilidades pasa de 4,5% a 3,5%. |
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SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 2020-01-113634 |
Por la cual se decreta como medida transitoria la suspensión de términos para los procesos jurisdiccionales de Procedimientos Mercantiles y de Procedimientos de Insolvencia que se tramitan en la Superintendencia de Sociedades. | Ordena la suspensión de términos para los procesos jurisdiccionales que se adelantan ante las sedes de Bogotá y en las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades, desde el 25 hasta el 31 de marzo de 2020, de conformidad con lo indicado en la parte motiva del presente acto administrativo |
RESOLUCIÓN 2020-01-116557 |
Por la cual se dictan y adoptan medidas para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Superintendencia de Sociedades, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y el Aislamiento Preventivo Obligatorio. | Se ordena reanudar los términos de los procesos jurisdiccionales y las actuaciones administrativas, que se adelantan ante las sedes de Bogotá D.C. y las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades, a partir del día 1 de abril de 2020 |
CIRCULAR EXTERNA 100-000003 DEL 17 DE MARZO DEL 2020 |
Modificación de los plazos para la presentación de los estados financieros del año 2019, establecidos en la Circular Externa No. 201-000008 del 22 de noviembre de 2019. | La Superintendencia de Sociedades modifica las fechas de presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019 de que trata la Circular Externa No. 201-000008 del 22 de noviembre de 2019. |
RESOLUCIÓN 2020-01-203893 |
Modificación de las fechas de entrega de la información trimestral en procesos de reorganización empresarial. | Teniendo en cuenta las medidas en materia de prevención, manejo y control que han siendo impartidas por el Gobierno Nacional para contener la propagación del COVID-19, y con el propósito de que los deudores puedan atender las instrucciones impartidas por la Presidencia de la República y los Ministerios de Trabajo y Salud, la Superintendencia de Sociedades precisa los plazos para el envío de la información que trimestralmente deben presentar los deudores en proceso de reorganización, conforme lo indica el numeral 5 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006. |
CIRCULAR EXTERNA 2020-01-203605 |
Modificación de los plazos para la presentación de los estados financieros de fin de ejercicio y otros informes del año 2019 | Teniendo en cuenta las medidas en materia de prevención, manejo y control que están siendo impartidas por el Gobierno Nacional para contener la propagación del COVID-19, y con el propósito de que los empresarios puedan atender las instrucciones impartidas por la Presidencia de la República y los Ministerios de Trabajo y Salud, la Superintendencia de Sociedades modifica las fechas de presentación de los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2019 y otros informes del año 2019. |
RESOLUCIÓN 2020-01-286393 |
Por medio de la cual se aprueba el reglamento para el Procedimiento de Recuperación Empresarial ante las Cámaras de Comercio | Se aprueba conforme a lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto 560 del 15 de abril de 2020 el Reglamento Único de las Cámaras de Comercio y sus Centros de Conciliación y Arbitraje establecido por la Confederación de Cámaras de Comercio |
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SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 12169 DE 2020 |
Por la cual se dictan medidas para garantizar el debido proceso administrativo y la efectiva prestación del servicio de la Superintendencia de Industria y Comercio, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Gobierno Nacional | Se suspenden los términos de las actuaciones administrativas sancionatorias y disciplinarias en curso, que se surten ante las dependencias de esta Superintendencia, desde el 1º de abril del 2020 y hasta la vigencia del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada por el Presidente de la República, fechas en que no correrán los términos legales, incluidos los de caducidad de la facultad sancionatoria |
RESOLUCIÓN 003 |
Ampliación del plazo para actualizar la información contenida en el Registro Nacional de base de Datos (RNBD) hasta el 3 de julio de 2020. | En atención a que la obtención de datos para actualizar la información registrada en el RNBD implica, en algunos casos, el desplazamiento de personas a las sedes de sus empresas o entidades, la SIC, con miras a evitar el contagio del COVID-19, considera necesario evitar que las personas circulen en el territorio nacional para dicho propósito. En virtud de lo anterior, la SIC extiende hasta el próximo 3 de julio de 2020 el plazo para actualizar la información registrada en el RNBD. |
CIRCULAR EXTERNA CONJUNTA No. 20201000000214 |
Deber de garantizar y facilitar la movilidad de los operarios y vehículos de las empresas de servicios públicos para la correcta prestación de los servicios públicos domiciliarios y los servicios de telecomunicaciones | Los gobernadores y alcaldes, en el marco de sus comperencias deberán adelantar las gestiones necesarias para garantizar la prestación de los servicios públicos domiciliarios, asegurar la operación y actuación de todos los agentes asociados a la prestación de dichos servicios y asegurar la infraestructura asociada a ellos. |
RESOLUCIÓN NÚMERO 24907 DE 2020 |
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 19831 del 30 de abril de 2020 | Se prorroga la suspensión de los términos de ley en los trámites en curso anteriores al 01 de mayo de 2020 de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales por violación a las normas de competencia desleal e infracción a derechos de propiedad industrial y mixtos desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2020, periodo en que no correrán los términos de ley, incluidos aquellos establecidos en meses o años |
RESOLUCIÓN NÚMERO 28182 DE 2020 |
“Por medio de la cual se reanudan los términos de las actuaciones administrativas sancionatorias y disciplinarias y se dictan otras disposiciones | Se reanudan a partir del 16 de junio de 2020, los términos de las actuaciones administrativas sancionatorias y disciplinarias que se surten ante las dependencias de esta Superintendencia, así como los trámites de solicitud de renovación de signos distintivos y pago de las tasas de mantenimiento de Nuevas Creaciones. |
RESOLUCIÓN NÚMERO 32281 DE 2020 |
Por medio de la cual se reanudan los términos de ley en los trámites de verificación del cumplimiento de que trata el numeral 11 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011 | Reanuda a partir del 1 de julio de 2020, los términos de ley de los trámites de verificación del cumplimiento de que trata el numeral 11 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011. |
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SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 03133 DE 2020 |
Prestación del servicio público notarial en los circulos notariales dependiendo del número de notarías | Se fijan las reglas de la prestación del servicio público notarial dependiendo de las calidades de los circulos notariales de cada entidad territorial |
RESOLUCIÓN 003 |
Ampliación del plazo para actualizar la información contenida en el Registro Nacional de base de Datos (RNBD) hasta el 3 de julio de 2020. | En atención a que la obtención de datos para actualizar la información registrada en el RNBD implica, en algunos casos, el desplazamiento de personas a las sedes de sus empresas o entidades, la SIC, con miras a evitar el contagio del COVID-19, considera necesario evitar que las personas circulen en el territorio nacional para dicho propósito. En virtud de lo anterior, la SIC extiende hasta el próximo 3 de julio de 2020 el plazo para actualizar la información registrada en el RNBD. |
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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 397 DE 2020 |
Por el cual se establece un beneficio en la presentación y pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo para mitigar los efectos económicos del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional. | Los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, tendrán plazo para presentar y pagar las liquidaciones privadas correspondientes al primer trimestre del año 2020, hasta el día 29 de julio de 2020. |
DECRETO 398 DE 2020 |
Por el cual se adiciona el Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, para reglamentar parcialmente el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, en lo referente al desarrollo de las reuniones no presenciales de las juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directivas, y se dictan otras disposiciones | Se expidieron una serie de reglas que rigen la convocatoria, quorum y mayorías de las juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directivas no presenciales en el marco de la emergencia sanitaria. |
RESOLUCIÓN 453 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas sanitarias de control en algunos establecimientos por cuasa del COVID-19 y se dictan otras disposiciones | Se calusuran de manera temporal los establecimientos de esparcimiento, diversión, baile, ocio, entretenimiento, juegos de azar, así como se suspende el expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro de los establecimientos. |
DECRETO 410 DE 2020 |
Por el cual se toman medidas transitorias debido a la emergencia sanitaria relacionada con el COVID-19 con respecto al régimen de zonas francas. | El Usuario Operador de Zona Franca, durante la vigencia del presente Decreto, podrá autorizar que los empleados de la zona franca y de los usuarios calificados o autorizados, realicen su labor fuera del área declarada como zona franca permanente o zona franca permanente especial, bajo cualquier sistema que permita realizar el trabajo a distancia. |
DECRETO 411 DE 2020 |
Por el cual se toman medidas transitorias debido a la emergencia sanitaria relacionada con el COVID-19 con respecto al régimen de zonas francas | El Usuario Operador de Zona Franca, durante la vigencia del presente Decreto, podrá autorizar que los empleados de la zona franca y de los usuarios calificados o autorizados, realicen su labor fuera del área declarada como zona franca permanente o zona franca permanente especial, bajo cualquier sistema que permita realizar el trabajo a distancia. |
DECRETO 434 DE 2020 |
Por el cual se establecen plazos especiales para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL ylos demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, así como para las reuniones ordinarias de las asambleas y demás cuerpos colegiados, para mitigar los efectos económicos del nuevo coronavirus COVID-19 en el territorio nacional | Con el fin de evitar aglomeración de personas y así contener la propagación del virus COVID-19, mediante este Decreto, se amplia los plazos para que las personas jurídicas cumplan con sus obligaciones societarias en un término prudencial. |
DECRETO 462 DE 2020 |
Por el cual se prohíbe la exportación y la reexportación de productos necesarios para afrontar la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, se dictan medidas sobre su distribución y venta en el mercado interno, y se adiciona el Decreto 410 de 2020. | Los productores de productos sobre los cuales se prohíbe su exportación priorizarán se distribución en EPS, empresas de trasporte masivo urbano, aeropuertos, entidades del gobierno, entre otras. |
DECRETO 507 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada mediante el Decreto 417 de 2020. | Se fija un listado de productos de primera necesidad, al cual se le hará seguimiento de precios y se toman medidas para prevenir la especulación, acaparamiento y usura. |
DECRETO 557 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de turismo y registros sanitarios para las micro y pequeñas empresas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Las empresas que presten de manera regular el servicio de transporte aéreo internacional de pasajos tendrán plazo para presentar la declaración y pagar el valor del impuesto nacional con destino al turismo hasta el 30 de octubre de 2020, y los recursos de este impuesto podrán destinarse para contribuie a la subsistencia de los guías de turismo. |
DECRETO 560 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el marco del Estado de Emergencia, Social y Ecológica. | «Las solicitudes acceso a los mecanismos de reorganización presentadas por deudores afectados por las causas que motivaron la declaratoria del Estado Emergencia Económica, Social y Ecológica trata Decreto 417 del 17 de marzo de se tramitarán de manera expedita por autoridades competentes, considerando los recursos disponibles para ello. El Juez Concurso no realizará auditoría sobre el contenido o exactitud los documentos aportados ni sobre la información financiera o cumplimiento de las políticas contables, lo cual será responsabilidad exclusiva del deudor y su contador o revisor fiscal, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio requerir que se certifique que se lleva la contabilidad regular y verificar la completitud de la documentación. « |
DECRETO 686 DE 2020 |
Por el cual se adoptan disposiciones transitorias en materia de sistemas especiales de importación -exportación, consumidor, turismo y zonas francas, para mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 | «los términos establecidos para la presentación del estudio de demostración por parte de los usuarios de los sistemas especiales de importación – exportación de materias primas e insumas: de bienes de capital y de repuestos; y de exportación de servicios, se amplían por seis (6) meses, únicamente para los estudios de demostración que deban presentarse durante la vigencia del año 2020. La ampliación del término también aplica a los saldos por demostrar que se deban presentar durante el año 2020. Así mismo, las Zonas Francas Permanentes, Zonas Francas Permanentes Especiales, Usuarios Operadores, Usuarios Industriales de Bienes y/o Servicios y Usuarios Comerciales presentarán un solo informe correspondiente al cumplimiento de actividades y compromisos a su cargo durante el período de enero a junio de 2020 hasta el treinta (30) de julio del mismo año con los requisitos dispuestos en los artículos 74 y 82 del Decreto 2147 de 2016 y los previstos en la Resolución 2135 de 2017 expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |
DECRETO 772 DE 2020 |
Por el cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia, con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial | Establece herramientas encaminadas a facilitar el régimen de insolvencia respecto de deudores que se han afectado como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional |
DECRETO 797 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitOrias en matéria de arrendamiento de locales comerciales, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Regula, extraordinaria y temporalmente, la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento de local comercial por parte de los arrendatarios, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por medio de la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, prorrogada por medio de la Resolución 844 del 26 de mayo de 2020 de la misma entidad. |
DECRETO 799 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas relacionadas con la suspensión del pago de la sobretasa del sector eléctrico en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por medio del Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Suspende transitoriamente, hasta el 31 de diciembre de 2020, el pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico de que trata el parágrafo 2 del artículo 211 del Estatuto Tributario para los prestadores de servicios turísticos con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional de Turismo y que desarrollen ciertas actividades |
DECRETO 842 DE 2020 |
Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 560 del 15 de abril de 2020, a fin de atender los efectos de la Emergencia Económica, Social y Ecológica en el sector empresarial | Establece que todos los deudores afectados por las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica podrán ser sujetos de los mecanismos extraordinarios de salvamento y recuperación, observando las reglas de competencia aplicable para cada uno. |
DECRETO 881 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de operaciones de comercio exterior y se dictan otras disposiciones para mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 | Se suspende por el término de seis (6) meses, el cumplimiento de la obligación señalada en el numeral 6 del artículo 69 del Decreto 1165 de 2019, y en consecuencia, la aplicación de la sanción prevista en el numeral 1.7 del artículo 643 del Decreto 1165 de 2019, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto. |
DECRETO 981 DE 2020 |
Por el cual se aplaza el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social | Los sujetos pasivos de la contribución parafiscaI para la promoción del turismo tendrán plazo para presentar y pagar las liquidaciones privadas correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre del año 2020, hasta el día 30 de diciembre de 2020. |
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MINISTERIO DE INTERIOR
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
COMUNICADO 12 DE MARZO |
Adopción de medidas para evitar propagación de Coronavirus durante los servicios religiosos y actos litúrgicos | Se imparten medidas para evitar la propagación del virus en los eventos religiosos como la limpieza de los lugares, informar sobre las medidas de prevención, entre otros. |
CIRCULAR INTERNA 2020 – 18 – DMI – 1000 |
Directrices transitorias para trabajo virtual en casa para servidores públicos del ministerio del interior y entidades adscritas y vinculadas. | Se dictan instrucciones para el trabajo en casa de los servidores públicos |
DECRETO 402 DEL 13 DE MARZO |
Por el cual se adoptan las medidas para la conservación del orden público | Se declaró el cierre de fronteras terrestres y fluviales con Venezuela hasta el 30 de mayo de 2020, exceptuando el tránsito de estudiantes de instituciones educativas de Colombia y el tránsito que debe darse por razones de fuerza mayor o caso fortuito. |
CIRCULAR 21-DIM-100 | Recomendaciones para atender el proceso de construcción de los planes de desarrollo territorial. | Se insta para que los gobiernos locales inclyuan a la ciudadanía en la discusión de los planes de acción |
CIRCULAR EXTERNA DEL 16 DE MARZO |
Recomendación para el uso de medios electrónicos en las sesiones de los consejos municipales y distritales, durante la vigencia de las medidas del Gobierno Nacional para la prevención del COVID-19 | Se dictan instrucciones sobre el uso de medios electrónicos en las sesiones de los consejos |
DECRETO NO. 412 DEL 16 DE MARZO |
Por el cual se dictan normas para la conservación del orden público, la salud pública y se dictan otras disposiciones. | Se ordenó el cierre de pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú y Brasil desde el 17 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo de 2020, exceptuando el transporte de carga y el tránsito por razones de caso fortuito y fuerza mayor. |
CIRCULAR EXTERNA DEL 17 DE MARZO |
Directrices para la gestión del orden público en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19 | Se insta para que haya articulación con las disposiciones del Gobierno y las expedidas por autoridades locales |
DECRETO NO. 418 DEL 18 DE MARZO |
Por la cual se dictan medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público. | La dirección del orden público con el objeto de prevenir y controlar propagación del COVI en el territorio y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, estará en cabeza presidente de la República. |
CIRCULAR EXTERNA DEL 19 DE MARZO |
Circular externa, Instrucciones para la expedición de medidas en materia de orden Público en el marco del decreto 418 del 18 de marzo del 2020 | Se indica que las autoridades terrritoriales al momento de expedir un plan para evitar la propagación del COVID-19 debe ser informado al Gobierno Nacional |
Decreto 438 de 2020 |
Por medio del cual se establece que 23 equipos médicos estarán exentos del impuesto sobre las ventas IVA en la importación, y en la ventas en el territorio nacional. | Por el término de duración de la emergencia de que trata el Decreto 417 de 2020, estarán exentos del impuesto sobre las ventas -IVA, en la importación, yen las ventas en el territorio nacional sin derecho a devolución y/o compensación, los siguientes bienes siempre y cuando se cumplan las especificaciones técnicas relacionadas con la contención del COVID-19 |
DECRETO 457 DEL 22 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público. | Ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. |
DECRETO 420 DE 18 DE MARZO |
Por el cual se imparten instrucciones para expedir normas en materia de orden público en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia de COVID-19 | Establece instrucciones que deben ser tenidas en cuenta por los alcaldes y gobernadores en el ejercicio de sus funciones en materia de orden público en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, al decretar medidas sobre el particular. |
RESOLUCIÓN 385 DEL 12 DE MARZO DEL 2020 |
Declaración de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus | Se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020 y entre otras cosas, ordenó prohibir el atraque, desembarque, cargue y descargue de pasajeros y mercancías de las naves de pasaje de tráfico marítimo internacional. |
DECRETO 531 DEL 08 DE ABRIL |
Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público. | Se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas a partir del 13 de abril hasta el 27 de abril de 2020. |
DECRETO 536 DEL 11 DE ABRIL |
Por el cual se modifica el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público. | Se elmina el parágrafo 5 del artículo 3 del mencionado decreto referente a que las excepciones contempladas en los numerales 12 y 23, podrán ser desarrolladas, mientras dure la medida preventivo obligatorio, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y 8:00 p.m. ¡+ |
DECRETO 636 DEL 06 DE MAYO |
Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público. | Ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 11 de mayo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. |
DECRETO 683 DEL 21 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas relacionadas con la aprobación de los Planes de Desarrollo Territoriales para el periodo constitucional 2020 – 2023, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Los Planes de Desarrollo Territoriales para el período constitucional 2020 – 2023 que no fueron presentados oportunamente, se podrán someter por parte de los gobernadores y alcaldes a consideración de la respectiva asamblea o concejo hasta el día 15 de junio de 2020. |
DECRETO 689 DEL 22 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 636 del 6 de· mayo de 2020 «por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público». | Prorroga la vigencia del Decreto 636 del 6 de mayo de 2020 «Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público», hasta el 31 de mayo de 2020, y en tal medida extender las medidas allí establecidas hasta las doce de la noche (12:00 pm) del día 31 de mayo de 2020. |
DECRETO 749 DEL 28 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público. | Ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:001 a el día 1 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. |
DECRETO 847 DEL 14 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 «Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público | Establece que se debe garantizar el abastecimiento y disposición de alimentos de primera necesidad y servicios, las actividades que por su misma naturaleza no deben interrumpirse so pena de afectar el derecho a la vida, a la salud, y la supervivencia de los habitantes, así como atender las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- en materia de protección laboral y en concordancia con la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020, mediante la Resolución 844 del 26 de mayo de 2020, se considera procedente modificar el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020. |
DECRETO 878 DEL 25 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica y prorroga la vigencia del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 «Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público», modificado por el Decreto 847 del 14 de junio de 2020 | Prorroga la vigencia del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 «Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público», modificado por el Decreto 847 del 14 de junio de 2020, hasta el 15 de julio de 2020, y en tal medida extender las medidas allí establecidas hasta las doce de la noche (12:00 pm) del día 15 de julio de 2020. |
DECRETO 990 DEL 09 DE JULIO DE 2020 |
Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus CQVID-19, y el mantenimiento del orden público | Ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (OO:OO a.m.) del día 16 de julio de 2020, hasta las cero horas (OO:OO) del día 1 de agosto de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. |
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MINISTERIO DE SALUD
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 499 DEL 31 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus Covid 19 | Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus Covid 19 |
RESOLUCIÓN 380 DE 10 DE MARZO 2020 |
Se adoptan medidas preventivas en el país por causa del Coronavirus. | Se resolvió adoptar medidas preventivas de aislamiento y cuarentena de las personas provenientes de China, Italia, Francia y España |
CIRCULAR 0000005 DE 2020 |
Directrices para la detección temprana, el control ante la posible introducción del nuevo COVID – 19 y la implementación de los planes de preparación y respuesta ante este riesgo | Imparte instrucciones sobre las acciones que se deben observar para la vigilancia, preparación y toma de medidas de contención para una eventual instroducción del virus en Colombia |
RESOLUCIÓN 407 DEL 13 DE MARZO DE 2020 |
Por la cual se modifican los numerales 2.4 y 2.6 del artículo 2 de la Resolución 385 de 2020, por la cual se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional | Imparte medidas sobre la prestación del servicio a través del teletrabajo |
RESOLUCIÓN 464 DEL 19 DE MARZO |
Por la cual se adopta la medida sanitaria obligatoria de aislamiento preventivo, para proteger los adultos mayores de 70 años. | Se ordena el aislamiento preventivo para las personas mayores de 70 años a partir del 20 de marzo de 2020, hasta el 30 de mayo de 2020 |
RESOLUCIÓN 470 DEL 20 DE MARZO |
Por la cual se adoptan las medidas sanitarias obligatorias de aislamiento preventivo de personas adultas mayores en centros de larga estancia y de cierre parcial de actividades de centros vida y centros día. | Ordénese la medida sanitaria obligatoria de aislamiento y cuarentena preventivo, para las personas adultas mayores residentes en centros de larga estancia, a partir del veintiuno (21) de marzo de 2020 a las siete de la mañana (7:00 a.m.) hasta el treinta (30) de mayo de 2020 a las once y cincuenta y nueve de la noche (11 :59 pm). |
CIRCULAR 011 DE 2020 |
Recomendaciones para la contención de la epidemia por el nuevo Coronavirus COVID – 19 en los sitios y eventos de alta afluencia de personas | Imparte instrucciones sobre la prevención del contagio del COVID-19 en eventos de alta afluencia |
CIRCULAR 12 DE 2020 |
Directrices para la contención de la infección respiratoria agua por el nuevo Coronavirus COVID-19 en el entorno hotelero | Recomendaciones para la prevención del contagio del COVID-19 en el sector hotelero |
CIRCULAR 007 DE 2020 |
Reporte de información sobre disponibilidad de talento humano en salud | Recomendaciones con respecto al Sistema de Gestión y Seguridad en Salud en el trabajo |
RESOLUCIÓN 444 DE 2020 |
Por la cual se declara la urgencia manifiesta para celebrar la contratación de bienes y servicios necesarios para atender la emergencia sanitaria causada por el coronavirus COVID – 19 | Se declara urgencia manifiesta para prevenir, conjurar y mitigar la situación de emergencia relacionada con el COVID-19 |
CIRCULAR CONJUNTA 000001 DE 11 DE MARZO |
Directrices para la prevención, detección y atención ante un caso de coronavirus (COVID – 19) | Se ordenaron a los organismos y entidades del sector público y privado, adoptar medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo donde se incluyeron la autorización del teletrabajo, adopción de horarios flexibles, disminución de reuniones presenciales o concentración de varias personas en espacios reducidos de trabajo y evitar áreas o lugares con aglomeraciones. |
CIRCULAR 015 DE 2020 |
Recomendaciones para la prevención, contención y mitigación del coronavirus COVID-19 en grupos étnicos: Pueblos Indígenas, las comunidades NARP y el pueblo Rrom. | Recomendaciones a estas comunidades para permanecer en su territorio, implementar acciones para evitar la salida de sus territorios, limitar el ingreso de personas ajenas, entre otras. |
RESOLUCIÓN 520 DEL 28 DE MARZO DE 2020 |
Por la cual se establecen los requisitos para la fabricación de antisépticos y desinfectantes de uso externo categorizados como medicamentos, para el uso en la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19 | Se establecen requisitos para la facricación de antisépticos y desinfectantes como contar con autorización vigente del INVIMA, presentar la fórmula del producto y el boceto de etiquetas de envase y empaque |
RESOLUCIÓN 521 DEL 28 DE MARZO DE 2020 |
Por la cual se adopta el procedimiento para la atención ambulatoria de población en aislamiento preventivo obligatorio con énfasis en población con 70 años o más o condiciones crónicas de base o inmunosupresión por enfermedad o tratamiento, durante la emergencia sanitaria por COVID-19. | Presenta el procedimiento a seguir por parte de las entidades prestadoras de salud para la atención de la población mayor o con enfermedades crónicas, donde se prevén medidas como el aislamiento preventivo, atención domiciliaria, consulta y seguimiento por vía telefónica. |
DECRETO 537 DEL 12 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se establece que las audiencias públicas que deban realizarse en los procedimientos de selección podrán desarrollarse a traveés e medios electrónicos , así mismo, las entidades públicas podrán como consecuencia de la emergenica sanitaria suspender los procedimientos de selección mediante acto administrativo sobre el cual no proceden recursos. Por otr lado, se establecn disposiciones sonbre contratación de urgencia, adición y modificación de contratoes estatales, entre otra. |
DECRETO 538 DEL 12 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19 y garantizar la prestación de los servicios de salud, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se establecen autorización para adecuar lugares no habilitados para la prestación de servicios de salud, asímismo se dispone que todo el talento humano en salud en ejerceicio o formación estará preparado y disponible y podrá ser llamado a prestar sus servicios, se incluye el Coronavirus COVID-19 como enfermedas laboral directa, se crea una compensación económica paa e afiliado al Régimen subsidiado como diagnsóstico confirmado de COVID-19 Yy se dictan otras disposciones. |
DECRETO 544 DEL 13 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado global de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus COVID-19. | Los contratos que tengan por objeto la adquisicón en el mercado internacional de los elementos biomédicos, diagnóstico in vitro, entre otros, no se regirán por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en consecuencia le serán aplicables las normas de derecho privado. |
DECRETO 563 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas especiales y transitorias para el sector de inclusión social y reconciliación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | «Durante el término de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, se suspende el siguiente aparte del artículo 7 de la Ley 1532 de 2012 «»por medio de la cual se adoptan unas medidas de política y se regula el funcionamiento del Programa Familias en Acción»»:»»[ .. . ] la verificación del cumplimiento de un conjunto de compromisos de corresponsabilidad»». « |
DECRETO 607 DEL 29 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se corrigen errores formales en el Decreto Legislativo 538 de 2020, «Por el cual se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19 y garantizar la prestación de los servicios de salud, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica» | Se corrige el yerro contenido en el artículo 7 del Decreto Legislativo 538, el cual adiciona un inciso al artículo 50 de la Ley 1438 de 2011. |
RESOLUCIÓN 666 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 |
Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia Coronavirus COVID-19 | Adopta un protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, contenido en el anexo técnico, el cua está orientado a minimizar los factores que pueden generar la trasmisión de la enfermedad. |
RESOLUCIÓN 735 DEL 08 DE MAYO DE 2020 |
Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus COVID 19 en la prestación de los servicios de centros de llamada, centros de contacto, centros de soporte técnico, centros de procesamiento de datos, centro de servicios compartidos, incluidos los business process outsourcing, y en los servicios domiciliarios, mensajería y plataformas digitales. | Adopta el protocolo de bioseguridad paea la prevención de la transmisión del COVID-19, en la prestación de los servicios en centros de llamada, centros de contacto, centros de soporte técnico, centro de procesamiento de datos, centro de servicios compartidos, incluidos business process outsourcing, y en los servicios domiciliarios, mesajería y plataformas digitales. |
RESOLUCIÓN 737 DEL 09 DE MAYO DE 2020 |
Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención del Coronavirus COVID 19 en las siguientes actividades empresariales y de apoyo; mantenimiento y reparación de computadores y equipos de comunicaciones; reparación de muebles y accesorios para el hogar, y lavado y limpieza, incluida la limpieza en seco de productos textiles y de piel (solo para domicilios), divisiones descritas con la Clasificación Internacional Industrial Uniforme: CIIU 951, 9524 Y 9601. | Adopta un protocolo atendiendo las condiciones particulares de las actividades empresariales y de apoyo a la empresa, especificamente las de mantenimiento y reparación de computadores y equipos de comunicaciones, reparación de muebles, entre otros. |
RESOLUCIÓN 844 DEL 26 DE MAYO DE 2020 |
Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus que causa la COVID-19, se modifica la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las Resoluciones 407 y 450 de 2020 y se dictan otras disposiciones. | Se prorroga la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020. Dicha prórroga podrá finalizar antes de la fecha señalada cuando desaparezcan las causas que le dieron origen o, si estas persisten o se incrementan, el término podrá prorrogarse nuevamente. |
DECRETO 800 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para el flujo de recursos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y mantener la afiliación al mismo de quienes han perdido la capacidad de pago, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Las entidades recobrantes y la Administradora de los Recursos del SistemaGeneral de Seguridad Social en Salud – ADRES- podrán suscribir acuerdos de pago parcial para el reconocimiento anticipado del 25% del valor de las solicitudes de recobro que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto |
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MINISTERIO DE TRANSPORTE
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
SUPERTRANSPORTE – CIRCULAR EXTERNA 03 DEL 04 DE FEBRERO |
Lineamientos y acciones preventivas a adoptar frente a las infecciones por Coronavirus | Instrucciones para las sociedades portuarias, maritimas y sociedades portuarias fluviales |
CIRCULAR 02 DEL 16 DE MARZO |
Directrices de prevención, detección y atención ante un caso de coronavirus (COVID-19) dirigida a concesiones para el modo de transporte aéreo, aerolíneas, interventorías, administradores de infraestructura concesionada y no concesionada, y superintendencia de transporte | Imparte instrucciones de contención y prevención del COVID-19 para transporte aéreo |
CIRCULAR CONJUNTA 000003 DE 08 DE ABRIL |
Medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por infección respiratoria causada por el Corornavirus COVID-19. | Recomendaciones para el personal que se encuentra ejecutando poryectos de infraestructura de transporte e interventores, durante la emergencia sanitaria. |
CIRCULAR 019 – AERONÁUTICA CIVIL |
Medidas prevención ingreso COVID19. | Reglamenta el plan de emergencia de salud pública y el protocolo de riesgo biológico de la aerolínea con el del aeropuerto |
CIRCULAR NO. 011 – ANI |
Medidas fijadas por el Gobierno Nacional, ante la presencia de la enfermedad COVID-19 | Implementación de instrucciones por parte de la Agencia Nacional de Infraestructura |
RESOLUCIÓN 00408 DEL 15 DE MARZO |
Se adoptan medidas preventivas para el control sanitario de pasajeros provenientes del extranjero, por vía aérea, a causa del nuevo Coronavirus. | Suspensión de ingreso al territorio por vía aérea de pasajeros extranjeros |
RESOLUCIÓN 20201000004985 |
Por la cual se modifica la Resolución 471 del 22 de marzo de 2020, se establecen medidas transitorias respecto de los trámites que se adelantan en la Agencia Nacional de Infraestructura y se adoptan otras medidas administrativas por motivos de salud pública. | Se reactivan las obras de infraestructura las cuales deberán tener un plan que contemple un cronograma de plazos, identificación de actividades, el personal asociado y un protocolo de implementación de medidad de bioseguridad. Se suspenden actuaciones administrativas que adelanta la Agencia Nacional de Infraestructura, se suspenden las obligaciones contractuales y los procesos administrativos sancionatorios contractuales. |
DECRETO 457 DEL 22 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 | Se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas residentes en Colombia hasta el 13 de abril de 2020 |
DECRETO 439 DEL 20 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se suspende el desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano, de pasajeros procedentes del exterior, por vía aérea | Suspender, por término treinta (30) días calendario a partir de las 00:00 horas del lunes marzo 2020, desembarque con fines ingreso o conexión en territorio colombiano, pasajeros procedentes del exterior, por vía aérea. |
DECRETO 482 DEL 26 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se dictan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica. | Se crea el centro de logística y transporte para garantizar la prestación del servicio público de transporte, así mismo, se autoriza la operación del servicio de transporte terrestre intermunicipal con fines de acceso al servicio de salud y a las personas autorizadas en los términos del Decreto 457. |
CIRCULAR CONJUNTA 000003 DE 08 DE ABRIL |
Medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por infección respiratoria causada por el Corornavirus COVID-19 | Recomendaciones para el personal que se encuentra ejecutando poryectos de infraestructura de transporte e interventores, durante la emergencia sanitaria. |
DECRETO 768 DEL 30 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica | El servicio público de transporte de pasajeros individual tipo taxi podrá ofrecerse por cualquier medio a partir de las cero horas (00:00) del 1 de junio de 2020. Servicio que habrá de ofrecerse en cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos para el efecto por el Ministerio de Salud y Protección Social. Activa el cobro de peajes a vehiculos que transiten por el territorio nacional a partir de las cero horas (00:00) del 1 de junio de 2020. |
DECRETO 517 DEL 04 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se dictan disposiciones en materia de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020 | Se permite el pago diferido de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible hasta por un plazo de 36 meses. |
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MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
CIRCULAR 4009 DEL 12 DE ABRIL DE 2020 |
Consideraciones respecto de la aplicación del Decreto 531 del 08 de abril de 2020, en relación con las medidas preventivas y de mitigación, en el marco de las competencias del Viceministerio de Energía, respecto de la afectación del COVID-19 a la cadena logística y de producción de los servicios públicos y las actividades requeridas para garantizar su continuidad y los servicios indispensables del Sector de Energía. | En desarrollo del Decreto 531, se incluyen como necesarias las activiades y y el desarrollo de proyectos de infraestructura del sector eléctrico. |
DECRETO 399 DEL 13 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se modifica el decreto 1073 del 2015, en relación con la sesión de los derechos de los subsidios causados en materia del servicio público de energía eléctrica. | Se adiciona un artículo a la Subsección 6010, Sección 6, Capítulo 2, Título 111, Parte 2, Libro del Decreto 1073 de 2015 el cual le permite a los comercializadores de energía ceder a favor de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. u organismos estatales, bilaterales y multilaterales de crédito que no se encuentren en las listas de sanciones, y/o vehiculos fiduciarios. |
DECRETO 798 DEL 04 DE JUNIIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para el sector minero-energético en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica ordenada mediante Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Establece instrucciones con respecto al proyecto de inversión de apoyo a la financiación de proyectos dirigidos al desarrollo de infraestructura y conexiones para el uso de gas natural a nivel nacional, pertenecen al Fondo Cuenta Especial Cuota de Fomento para Gas Natural -FECFGN-. |
[/trx_sc_table]
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 555 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020. | Los servicios de telecomunicaciones incluídos los servicios de radiodifusión sonora, los de televisión y los servicios postales, son servicios públicos escenciales. Por lo tanto, no se suspenderá su prestación durante el estado de emergencia. |
DECRETO 554 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020 | «Mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 se declaró por el término de treinta (30) días el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, en virtud del cual se expidió el Decreto 516 del 4 de abril de 2020, respecto de cual se hace necesario mantener las medidas adoptadas mientras dure el estado de emergencia sanitaria, por tornarse necesarias para garantizar las finalidades señaladas en los párrafos precedentes, las cuales atienden a conjurar la crisis e impedir la propagación de sus efectos.» |
DECRETO 540 DEL 13 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso a las telecomunicaciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Las solicitudes de licencia para la construcción, conexión, instalación, modificación u operación de cualquier equipamento para la prestación de servicios de telecomunicaciones, fijas y móviles, serán resueltas: por la entidad, pública o privada, competente dentro de los diez (10) días siguientes a su presentación. Así mismo dispone que dentro de los cuatro meses siguientes estarán exentos del impuesto sobre las ventas (IVA) los sevicios de conexión y acceso a voz e Intemet móviles cuyo valer no supere dos (2) Unidades de Valor Tributario – UVT. |
DECRETO 516 DEL 04 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se establecen los porcentajes mínimos de programación de producción nacional y únicamente por el tiempo de duración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica los operadores del servicio de televisión regional podrán destinar para funcionamiento hasta el20 % de los recursos de fortalecimiento girado a los operadores públicos del servicio de televisión. |
DECRETO 464 DEL 23 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se disponen medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020 | Se declaró los servicios de telecomunicaciones, como servicios públicos esenciales, incluidos los de radiodifusión sonora, los de televisión y los servicios postales |
DECRETO 621 DEL 02 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adiciona el artículo 2.2,8,1.12 y se modifican los artículos 2,2.8.4,4.2,2.8.4.7. 2,2,8.4.9 del Decreto 1078 de 2015. Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para establecer las reglas para el otorgamiento de la prórroga de los servicios postales de mensajería expresa y postal de pago | Se modifican los términos de Prórroga de la habilitación de los servicios postales de mensajería expresa y postal de pago |
DECRETO 620 DEL 02 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se subroga el título 17 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para reglamentarse parcialmente los artículos 53, 54, 60, 61 Y 64 de la Ley 1437 de 2011, los literales e, j y literal a del parágrafo 2 del artículo 45 de la Ley 1753 de 2015, el numeral 3 del artículo 147 de la Ley 1955 de 2019, y el artículo 9 del Decreto 2106 de 2019, estableciendo los lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales. | Reglamenta los servicios ciudadanos digitales base con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Estado capacidades y eficiencias para su transformación digital y para lograr una adecuada interacción con el ciudadano, garantizando el derecho a la utilización de medios electrónicos ante la administración pública. |
DECRETO 614 DEL 30 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adiciona el título 18 a la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para establecer los canales oficiales de reporte de información durante las emergencias sanitarias. | Establece aspectos necesarios para que los habitantes del territorio nacional cuenten con canales oficiales de atención telefónica y móvil durante las emergencias sanitaras. Lo anterior, sin perjuicio del uso de canales adicionales de comunicación oficiales que el Gobierno nacional disponga para la divulgación de información y la atención al ciudadano. |
DECRETO 658 DEL 13 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se disponen medidas para garantizar la operación de los medios abiertos radiodifundidos y la televisión comunitaria en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional. | Dispone que los pagos que deben realizar los operadores del servicio de radiodifusión sonora comunitaria y de interés público y los operadores del servicio de televisión comunitaria sin ánimo de lucro, al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones serán aplazados hasta el año 2021, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVI0-19. Así mismo, establece la financiación del desarrollo de líneas de crédito, fomento y fortalecimiento de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVI0-19. |
DECRETO 680 DEL 21 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 2.2.7.4.5. del Decreto 1078 de 2015, Decreto Unico Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para aplazar los pagos que deben realizar los operadores del servicio de radiodifusión sonora comercial al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. | Los pagos, las autoliquidaciones, y los acuerdos de pago fijados para el año 2020, que deben efectuar los operadores del servicio de radiodifusión sonora comercial, serán aplazados hasta el año 2021, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19. El Ministerio de Tecnologías de la Información· y las Comunicaciones fijará mediante Resolución el cronograma de pagos respectivo. |
DECRETO 771 DEL 03 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se dispone una medida para garantizar el acceso a servicios de conectividad en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional. | Se realiza un cambio en la destinación del auxilio de transporte de aquellos trabajadores que, a causa de la emergencia sanitaria se encuentran desarrollando su actividad laboral en su domicilio, de forma que este auxilio pueda ser empleado para el acceso a 10$ servicios de conectividad requeridos por los trabajadores para continuar el desempeño de sus labores desde sus residencias, en atención a la necesidad de promover, en la mayor medida posible, ,las actividades remotas, que aporten al distanciamiento social requerido para preservar la salud y la vida en el marco de la pandemia generada por el nuevo Coronavirus COVID-19. |
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MINISTERIO DE TRABAJO
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
CIRCULAR 017 DE 2020 |
Lineamientos mínimos para la prevención del COVID 19 | Lineamientos mínimos a implementar en materia de promoción y prevención para la preparación, respuesta y atención que se deben aplicar de manera obligatoria en los ambientes laborales y demás económicamente productivas, en el marco del Sistema General de Riesgos Laborales |
CIRCULAR 021 DE 2020 |
Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención de COVID-19 y de la declaración de emergencia sanitaria | Imparte instrucciones sobre el trabajo en casa, teletrabajo, jornada laboral flexible, vacaciones anuales entre otros |
RESOLUCIÓN 853 DE 2020 |
Por la cual se dictan medidas para la operación del artículo 6° del Decreto Ley 488 de 2020, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Beneficios para trabajadores dependientes o independientes cesantes, cotizantes de categoría Ay B , que no perciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes |
DECRETO 469 DEL 23 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se dicta una medida para garantizar la continuidad de las funciones de la jurisdicción constitucional, en el marco de la Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | En el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante Decreto 417 de 2020 la Sala Plena de la Corte Constitucional podrá levantar la suspensión de los términos judiciales ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura cuando fuere necesario para el cumplimiento de sus funciones constitucionales |
DECRETO 488 DEL 27 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se dictan medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Adopta medidas en el ámbito laboral con el fin de promover la conservación del empleo y brindar alternativas a trabajadores y empleadores dentro de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarada por el Gobierno nacional por medio del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 |
DECRETO 500 DEL 31 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas de orden laboral, relativas a la destinación de los recursos de las cotizaciones a las Administradoras de Riesgos Laborales de carácter público, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Incluye a las Administradoras de Riesgos Laborales de carácter público dentro de las acciones contempladas en artículo 5 del Decreto Legislativo 488 del de marzo de 2020. |
DECRETO 552 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
«Por el cual se adicionan recursos al Fondo de Mitigación de EmergenciasFOME, creado por el Decreto 444 de 2020, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y se dictan otras disposiciones. | «Se adicionan recursos al Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME, creado mediante el Decreto Legislativo 444 de 2020, provenientes del Fondo de Riesgos Laborales – FRL. « |
DECRETO 553 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
«Por el cual se define la transferencia económica no condicionada para los Adultos Mayores que se encuentran registrados en la lista de priorización del Programa Colombia Mayor y se define la transferencia al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante administrado por las Cajas de Compensación Familiar, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y se dictan otras disposiciones» | «Con los recursos que del Fondo de Mitigación Emergencias- FOME se distribuyan al Ministerio del Trabajo, se podrán financiar tres de mil ($80.000) a la población en lista de priorización Programa Colombia Mayor, beneficiando prioritariamente a la población de (70) en adelante. « |
DECRETO 558 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se implementan medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Pensiones, proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | » En atención a los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020, para los períodos de abril y mayo cuyas cotizaciones deben efectuarse en los meses de mayo y junio de 2020, respectivamente, los empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes que opten por este alivio pagarán como aporte el 3% de cotización al Sistema General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro previsional en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así como el valor de la comisión de administración. La cotización de que trata este artículo será pagada de la siguiente manera: El 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador. Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100% de esta cotización. « |
DECRETO 565 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se implementa una medida temporal con el fin de proteger los derechos de los beneficiarios del Servicio Social Complementario, denominado Beneficios Económicos Periódicos BEPS, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | » Únicamente para la vigencia fiscal correspondiente al año 2020, las eventuales contingencias derivadas de los desbalances financieros que se generen cuando el valor presente actuarial de la reserva matemática de las anualidades vitalicias derivadas del mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos BEPS, supere el valor del portafolio a precios de mercado, se pagarán con los recursos del presupuesto asignado al Servicio Social Complementario de los Beneficios Económicos Periódicos BEPS, previo concepto favorable de la Comisión Intersectorial de Pensiones y Beneficios Económicos.» |
DECRETO 676 DEL 19 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se incorpora una enfermedad directa a la tabla de enfermedades laborales y se dictan otras disposiciones | Será considerada como una enfermedad directa la enfermedad COVID-19 Virus identificado – COVID-19 Virus no identificado , la contraída por los trabajadores del sector de la salud, incluyendo al personal administrativo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios en las diferentes actividades de prevención, diagnóstico y atención de esta enfermedad. |
DECRETO 770 DEL 03 DE JUNIO DE 2020 |
Por medio del cual se adopta una medida de protección al cesante, se adoptan medidas alternativas respecto a la jornada de trabajo, se adopta una alternativa para el primer pago de la prima de servicios, se crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios PAP, Y se crea el Programa de auxilio a los trabajadores en suspensión contractual, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 de 2020 | Adopta medidas en el ámbito laboral, del Mecanismo de Protección al Cesante, alternativas respecto a la jornada de trabajo, respecto al primer pago de la prima de servicios, programa de apoyo para el pago de la prima de servicios, entre otras disposiciones. |
DECRETO 801 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por medio del cual se crea el auxilio económico a la población cesante, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Establece un auxilio económico a la población cesante, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Ministerio de Salud y Protección en virtud de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19 y hasta donde permita la disponibilidad de recursos. |
DECRETO 802 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica el Decreto Legislativo 558 del 15 de abril de 2020 y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Con el fin de evitar el riesgo financiero que puede generar el retiro programado producto de una posible descapitalización de las cuentas individuales de ahorro pensional que soportan el pago de sus mesadas, las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías voluntariamente podrán acceder al mecanismo especial de pago. |
DECRETO 803 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por medio del cual se crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios -PAP para el Sector Agropecuario, en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por el Coronavirus COVID 19. | Crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios – PAP para el Sector Agropecuario, en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por el Coronavirus COVID 19, administrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. |
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MINISTERIO DE JUSTICIA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 491 DEL 28 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se implementas medidas como suspensión de términos, ampliación de plazos para presentar actuaciones, entre otras. |
DECRETO 545 DEL 13 DE ABRIL DE 2020 |
Por medio del cual se adoptan medidas para suspender temporalmente el requisito de insinuación para algunas donaciones, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Durantels vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, no se requerirá de la autorización señalada en el el inciso primero del articulo 1458 del Código Civil para las donaciones cuya finalidad esté orientada a superar o mitigar la crisis ocasionada por la re·ferida Emergencia Sanitaria, siempre que el donante y donatario saan plenamente capaces, y no se contravenga ninguna disposición legal. |
DECRETO 546 DEL 14 DE ABRIL DE 2020 |
Por medio del cual se adoptan medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad frente al COVID-19, y se adoptan otras medidas para combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Conceder, de conformidad con los requisitos consagrados en este Decreto Legislativo, las medidas de detención preventiva y de prisión domiciliaria transitorias, en el lugar de su residencia o en que el Juez autorice, a las personas que se encontraren cumpliendo medida de aseguramiento de detención preventiva en centros de detención transitoria o establecimientos carcelarios, y a las condenadas a penas privativas de libertad en establecimientos penitenciarios y carcelarios del territorio nacional, con fin evitar el contagio de la enfermedad coronavirus del COVID-19, su propagación y las consecuencias que de ello se deriven por un término de seis meses. |
DECRETO 564 DEL 15 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para la garantía de los derechos de los usuarios del sistema de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Los términos de prescripción y de caducidad previstos en cualquier norma sustancial o procesal para derechos, acciones, medios controlo presentar demandas la Judicial o ante los tribunales arbitrales, sean de meses o años, se encuentran suspendidos el 16 marzo 2020 hasta el día que Consejo Superior de la Judicatura disponga la reanudación los términos judiciales. |
DECRETO 804 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se establecen medidas para la adecuación, ampliación o modificación de inmuebles destinados a centros transitorios de detención a cargo de los entes territoriales y se adoptan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria generada por la enfermedad coronavirus COVID -19, las entidades territoriales podrán adelantar la adecuación, ampliación o modificación de inmuebles destinados a centros transitorios de detención. Para adelantar tales obras, solo se requerirá la autorización de la autoridad municipal o distrital competente en materia de seguridad y convivencia. |
DECRETO 805 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por medio del cual se crea un aporte económico temporal de apoyo a los trabajadores de las notarías del país en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Crea por el término de cuatro (4) meses, con cargo a los recursos del Fondo Cuenta Especial del Notariado administrado por la Superintendencia de Notariado y Registro, un apoyo económico para todas las Notarías del país, que se postulen y cumplan con los requisitos establecidos, destinado al cumplimiento de sus obligaciones laborales, con el objeto de proteger el empleo de los trabajadores que prestan sus servicios en las Notarías del país, en razón de la efectos generados con ocasión de la enfermedad Coronavirus COVID-19. |
DECRETO 806 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Implementa el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales y agilizar el trámite de los procesos judiciales ante la jurisdicción ordinaria en las especialidades civil, laboral, familia, jurisdicción de lo contencioso administrativo, jurisdicción constitucional y disciplinaria, así como, las actuaciones de las autoridades administrativas que ejerzan funciones jurisdiccionales y en los procesos arbitrales, durante el término de vigencia del presente decreto. Adicionalmente, este decreto pretende flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia y contribuir a la pronta reactivación de las actividades económicas que dependen de este. |
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MINISTERIO DE DEFENSA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 541 DEL 13 DE ABRIL |
Por el cual se adoptan medidas especiales en el Sector Defensa, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se prorroga el servicio militar obligatorio del personal que actualmente se encuentra en servicio, hasta por el término de tres (3) meses contados a partir de la fecha prevista para el licenciamiento. Durante el término de la prórroga, el personal conscripto tendrá derecho a la consagrado en el artículo 44 de esta ley. |
[/trx_sc_table]
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 532 DEL 08 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se dictan medidas para el ingreso de estudiantes a los programas de pregrado en instituticiones de educación superior, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Exime Por el cual se dictan medidas para el ingreso de estudiantes a los programas de pregrado en instituticiones de educación superior, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. |
DECRETO 533 DEL 09 DE ABRIL DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para garantizar la ejecución del Programa de Alimentación Escolar y la prestación del servicio público de educación preescolar, básica y media, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se permite que el Programa de Alimentación Escolar se brinde a los niños, niñas y adolescentes para su consumo en casa hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria. |
DECRETO 467 DEL 23 DE MARZO DE 2020 |
Declaración de estado de emergencia economica, social y ecológica en todo el territorio nacional, otorga beneficios para beneficiarios del ICETEX | Imparte instrucciones con respecto a la ejecución del Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID-19 |
DECRETO 660 DEL 13 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se dictan medidas relacionadas con el calendario académico para la prestación del servicio educativo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Se ajusta el calendario académico para garantizar el derecho a la educación con la culminación del año escolar, la protección y el cuidado de la salud de la comunidad educativa y respetarán los derechos laborales de los directivos docentes, docentes y personal administrativo de los establecimientos educativos. |
DECRETO 662 DEL 14 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se crea el Fondo Solidario para la Educación y se adoptan medidas para mitigar la deserción en el sector educativo provocada por el Coronavirus COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se crea el Fondo Solidario para la Educación con el objeto de mitigar la deserción y fomentar la permanencia en el sector educativo. El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX administrará el Fondo Solidario para la Educación. |
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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 090 DE 19 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitoras para garantizar el orden público en el Distrito Capital, con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital 087 de 2020 | Limitar la libre circulación de vehículos y personas en el Distrito Capital entre el día jueves 19 de marzo de 2020 hasta el lunes 23 de marzo de 2020 |
DECRETO 091 DE 22 DE MARZO DE 2020 |
Por medio del cual se modifica el Decreto 90 de 2020 y se toman otras disposiciones | Limitar la libre circulación de vehículos y personas en el Distrito Capital entre el día jueves 19 de marzo de 2020 hasta el lunes 24 de marzo de 2020 |
DECRETO 092 DE 24 DE MARZO DE 2020 |
Por el cual se imparten las órdenes e instrucciones necesarias para la debida ejecución de la medida de aislamiento obligatorio ordenada mediante Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 | Se ordena aislamiento preventivo obligatorio del día 25 de marzo de 2020 hasta el 13 de abril de 2020 |
DECRETO 126 DE 10 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se imparten medidas transitorias para el manejo del riesgo derivado de la pandemia. | Señala que las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia |
DECRETO 131 DEL 31 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones | Da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de junio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. |
DECRETO 132 DEL 31 DE MAYO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público en la Localidad de Kennedy, con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital 087 del 2020 por la pandemia de Coronavirus COVID-19 | Limita totalmente la libre circulación de vehículos y personas en la localidad de Kennedy entre las cero horas (00:00 a.m.) del día lunes 01 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del lunes 15 de junio de 2020. |
DECRETO 134 DEL 02 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se modifica el Decreto 131 del 2020 «Por el cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones» | Elimina la obligatoriedad del diligencienciamiento de del registro en gobierno abirto GABO para la acreditación del cumplimiento de una actividad económica y laboral exceptuada por el gobierno nacional |
DECRETO 143 DEL 15 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones | Dar continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 |
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SECRETARIA DE HACIENDA DE BOGOTA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN SHD 00017 DE 24 DE MARZO DE 2020 |
Se adoptan cambios en fechas de impuestos distritales de Bogotá | Los contribuyentes de predios residenciales y no residenciales podrán pagar hasta el 5 de junio, con el 10% de descuento. Los de vehículos tienen plazo hasta el 3 de julio para pagar con descuento. Para ICA el plazo para declarar segundo y tercer bimestre va hasta el 31 de julio. El aporte voluntario del 10 % se destinará a la emergencia del COVID-19 |
Resolución No. SDH-000195 26 de marzo de 2020 |
El cual modifica la Resolución SDH -190 del 22 de noviembre de 2018, que estableció los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá. | El lugar y plazos para presentar declaraciones tributarias deberán presentarse en los lugares y dentro de los plazos que establezca el Secretario de Hacienda Distrital al igual que el pago de los impuestos, anticipados, retenciones interés y sanciones que compete de la Dirección Distrital de Impuestos. |
[/trx_sc_table]
CONTRALORIA GENERAL DE LA NACIÓN
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
CIRCULAR 006 DE 2020 |
La Contraloría General de la República expidió la Circular 06 del 2020 sobre la Orientación de recursos y acciones inmediatas en el marco de la atención de la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus. | Ordena a todos los miembros de la rama ejecutiva de todos los niveles reportar la información relacionada con lo planes de emergencia derivados del COVID-19 |
[/trx_sc_table]
DIAN
[trx_sc_table align=»center» title_style=»default»]
Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 000027 – 25 DE MARZO DE 2020 |
Modifica los plazos para suministrar información anual y anual con corte mensual | Modifica los plazos para que las personas obligadas reporten la información tributaria |
RESOLUCIÓN 000022 – 18 DE MARZO DE 2020 |
«Por la cual se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, como medida transitoria por motivos de salubridad pública.» | Se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria. |
[/trx_sc_table]
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
Acuerdo PCSJA20-11517 |
Por el cual se adoptan medidas transitorias por motivos de salubridad pública | Se suspenden los términos judiciales en todo el país a partir del 16 y hasta el 20 de marzo de 2020, excepto en los despachos judiciales que cumplen la función de control de garantías y los despachos penales de conocimiento que tengan programadas audiencias con persona privada de la libertad, las cuales se podrán realizar virtualmente. Igualmente se exceptúa el trámite de acciones de tutela. |
Acuerdo PCSJA20-11521 |
“Por medio del cual se prorroga la medida de suspensión de términos adoptada mediante los acuerdos PCSJA20-11517, PCSJA20-11518 y PCSJA20-11519 del mes de marzo del año 2020 y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública | Prorrogar la suspensión de términos adoptada en los Acuerdos PCSJA20- 11517, PCSJA20-11518 y PCSJA20-11519 de 2020, desde el 21 de marzo hasta el 3 de abril del año 2020 |
Acuerdo PCSJA20-11526 |
Prorroga la suspensión de términos judiciales hasta el 12 de abril de 2020 | Prorroga la suspensión de términos judiciales en el territorio nacional, desde el 4 de abril hasta el 12 de abril de 2020 |
Acuerdo PCSJA20-11529 |
Por el cual se establece una excepción a la suspensión de términos en el Consejo de Estado y en los tribunales administrativos | Exceptuar de la suspensión de términos adoptada por el Consejo Superior de la Judicatura en los acuerdos PCSJA20-11517, 11521 y 11526 de marzo de 2020, las actuaciones que adelanten el Consejo de Estado y los tribunales administrativos con ocasión del control inmediato de legalidad |
Acuerdo CSJCUA20-41 | Por medio del cual se suspende temporalmente los términos administrativos en el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca y el reparto de habeas corpus de primera intancia a unos Despachos de Magistrados y se dictan otras disposiciones | Se suspenden a partir del 26 de marzo y hasta nueva orden del CSJ, los términos en los procesos y actuaciones administrativas. |
Acuerdo PCSJA20-11532 |
Por medio del cual se prorrogan las medidas de suspensión de términos, se amplían sus excepciones y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública. | Se prorroga la suspensión de términos judiciales desde el 13 de abril hasta el 26 de abril, así como de términos administrativos. |
Acuerdo PCSJA20-11548 |
Por medio del cual se adoptan medidas transitorias para algunos juzgados y centros de servicios de ejecución de penas y medidas de seguridad. | Se crear de manera transitoria a partir del 4 de mayo y hasta el 30 de junio de 2020 una serie de cargos en la Rama Judicial para continuar con el acceso a la justicia en el marco de la emergencia sanitaria. |
Acuerdo PCSJA20-11556 |
Por medio del cual se prorroga la suspensión de términos, se amplían sus excepciones y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública y fuerza mayor | Prorroga la suspensión de términos judiciales en el territorio nacional, desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio de 2020 inclusive. |
Acuerdo PCSJA20-11567 |
Por medio del cual se adoptan medidas para el levantamiento de los términos judiciales y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor | La suspensión de términos judiciales y administrativos en todo el país se levantará a partir del 1 de julio de 2020 de conformidad con las reglas establecidas en el acuerdo |
Acuerdo CSJBTA20-60 |
Por medio del cual se adoptan transitoriamente horarios y turnos de trabajo y turnos de atención al público para todos los despachos del Distrito Judicial de Bogotá, en los términos del Acuerdo PCSJA20-11567, que estableció medidas para el levantamiento de los términos judiciales, y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor” | Desde el 17 de junio de 2020, conforme a las indicaciones de jefes de despachos o dependencias, los servidores podrán acudir a las sedes judiciales con el fin de realizar tareas de planeación y organización del trabajo, sin atención al público, bajo las condiciones establecidas en el acuerdo |
Circular N° DESAJBOC20-29 |
Servicios de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá, Cundinamarca y Amazonas. | Imparte instrucciones sobre la presentación de demandas en línea y la presentación excepcional de las mismas de forma presencial./td> |
Acuerdo PCSJA20-11594 |
Por medio del cual se regula la remisión de expedientes de tutela a la Corte Constitucional para el trámite de su eventual revisión | A partir del 31 de julio de 2020, los despachos judiciales deberán realizar el envío de expedientes de tutela a la Corte Constitucional de forma electrónica a efectos de adelantar el procedimiento paulatino de recepción o radicación previsto en el artículo 33 del Decreto 2591 de 1991. |
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FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 0453 DEL 03 DE ABRIL DE 2020 |
Pormedio de la cual se suspenden los términos del trámite administrativo de pago de sentencias y conciliaciones y del procedimiento de cobro coactivo de la Dirección de Asuntos Jurísdicos de la Fiscalía General de la Nación, ante el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecolóica derivado de la propagación del COVID-19 | Se suspenden los términos de las actuaciones relativas a pago de sentencias y conciliaciones, lo cual no implica el cese de actividades de los servidores de la Dirección de Asuntos Jurídicos. |
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MINISTERIO DE CULTURA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 561 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de cultura en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Los recursos del impuesto nacional al consumo con destino a cultura, que trata artículo 512-2 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 1 de la Ley 1819 de 2016, girados la vigencia 2019 que a la fecha expedición de este decreto no se encuentren ni comprometidos ni ejecutados y los que se durante la vigencia 2020 por parte del Ministerio de Cultura a los departamentos y el Distrito Capital, deberán destinarse transitoriamente para contribuir a la subsistencia los artistas, creadores y culturales, demuestren su estado de vulnerabilidad. |
DECRETO 818 DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas especiales para la protección y mitigación del impacto del COVID-19 en el sector cultura, en el marco del Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica, declarado mediante el Decreto 637 de 2020 | A partir del primero (1) de julio de 2020 y hasta el treinta (30) de junio de 2021, la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y prestación de servicios de que trata el artículo 392 del Estatuto Tributario, correspondientes a las veintisiete (27) actividades de inclusión total de la Cuenta Satélite de Cultura y Economía Naranja del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE que se mencionan a continuación, será del cuatro por ciento (4%). |
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DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 611 DE 2020 |
Por el cual se autoriza el pago de horas extras, dominicales y festivos a los servidores del Instituto Nacional de Salud. | Los empleados públicos del Instituto Nacional de Salud, de los niveles profesional, técnico y asistencial, cualquiera que sea el grado de remuneración, durante el término que dure la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y Protección Social, pOdrán devengar horas extras, dominicales y festivos. El límite para el pago de horas extras mensuales será de cien (100) horas extras mensuales. Si el tiempo laboral fuera de la jornada ordinaria superare dicho límite, el excedente se reconocerá en tiempo compensatorio, a razón de un día hábil por cada ocho horas extras de trabajo. |
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REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
RESOLUCIÓN 3486 – 11 DE MAYO DE 2020 |
Por medio de la cual se prorrogan las medidas adoptadas mediante la Resolución No. 3241 de 26 de abril de 2020, así como las excepciones adoptadas mediante las Resoluciones 3027 de 30 de marzo y 3070 de 11 de abril de 2020 proferidas con base en el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en la Registraduría Nacional del Estado Civil, como consecuencia de la ampliación del aislamiento preventivo obligatorio ordenado mediante Decreto No. 636 de 6 de mayo de 2020. | Prorroga la suspensión de la atención presencial al público en todas las dependencias de la Registraduría Nacional del Estado Civil a nivel nacional, priorizando la prestación de los servicios mediante la modalidad de trabajo en casa, así como las excepciones adoptadas mediante las Resoluciones 3027 de 30 de marzo y 3070 de 11 de abril de 2020, proferidas con base en el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 11 de mayo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus . |
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MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 796 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
«Por el cual se adoptan medidas en el sector agropecuario para atenuar los efectos económicos derivados de la enfermedadCoronavirus COVID-19 en los trabajadores y productores agropecuarios, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Se faculta al Banco Agrario y al Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario- FINAGRO, como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG), para celebrar acuerdos de recuperación y pago de cartera los cuales podrán incluir la condonación de intereses corrientes y de mora, así como quitas de capital, en los términos y límites fijados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. |
DECRETO 820 DEL 05 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se prorroga y se modifica el Decreto 527 de 2020 | Prorroga hasta el 8 de julio de 2020 las medidas contenidas en el artículo 1 del Decreto 527 de 2020. |
DECRETO 982 DEL 08 DE JULIO DE 2020 |
Por el cual se establece un período de transición para el desmonte del régimen previsto en los Decretos 527 y 820 de 2020 y se dictan otras disposiciones en relación con el alcohol carburante | La medida prevista por el Decreto 527 de 2020, prorrogada por el Decreto 820 de 2020 continuará vigente hasta el día 8 de agosto de 2020, fecha en la que cesarán todos sus efectos; y se reestablecerá las condiciones de libre importación de alcohol carburante para todo el territorio nacional. |
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MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
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Normatividad | Título | Resumen |
---|---|---|
DECRETO 819 DEL 04 DE JUNIO DE 2020 |
Por el cual se adoptan medidas para el sector de Vivienda, Ciudad y Territorio en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica ordenada mediante Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 | Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, se podrá autorizar la demolición, construcción o reparación de obras en el horario comprendido entre las 6 de la tarde y las 8 de la mañana, como también los días festivos, en zonas residenciales, sin que sea necesario tramitar el permiso excepcional de que trata el artículo 151 de la Ley 1801 de 2016. Así mismo Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo podrán diferir por un plazo de treinta y seis {36} meses el cobro de las facturas, por concepto de cargos fijos y consumo, a los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2,. |
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1 Comment
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Excelente información, felicitaciones